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Resolucion 3121
Ministerio de la protección social
Resolución 22/08/2008Por la cual se modifica los artículo 18 y 19 de la Resolución 2377 de 2008 y se dictan otras disposiciones. Estarán exceptuados de liquidar y pagar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, los aportantes o cotizantes, hasta el 28 de febrero de 2009, en los siguientes casos: - Pagos de UPC Adicional. - Correcciones o liquidaciones de aportes a periodos anteriores a febrero de 2009.
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Resolución 2844 de 2007
Ministerio de la protección social
Resolución 16/08/2008Guias de Atención Integral Salud Ocupacional
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RESOLUCIÓN NÚMERO 1293 DE 2008
Superintendencia financiera de Colombia
Resolución 11/08/2008Por la cual se aprueba la cesión de activos, pasivos y contratos del Instituto de Seguros Sociales afectos a su actividad como Administradora de Riesgos Profesionales a favor de La Previsora Vida S.A. Compañía de Seguros.
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Resolucion 2733 modifica 736 y 3975 de 2007
Ministerio de la protección social
Resolución 23/07/2008La norma indica que traslada a las Administradoras de los subsistemas que conforman el Sistema de la Protección Social, el costo de la transacción bancaria que hace el trabajador independiente al pagar sus aportes a la Seguridad Social, a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). A partir del primero de agosto los trabajadores independientes no asumirán el pago de los $2.900, que han venido haciendo y estos serán asumidos por las Administradoras como el SENA, ICBF, Cajas de Compensación, entre otros.
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Ley 1233 de 2008
Congreso de la república
Ley 22/07/2008Por medio de la cual se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social, se crean las contribuciones especiales a cargo de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y a las Cajas de Compensación Familiar, se fortalece el control concurrente y se dictan otras disposiciones.
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Resolucion Numero 2646 de 2008
Ministerio de la protección social
Resolución 17/07/2008Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
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LEY 1221 DE 2008
Congreso de la república
Ley 16/07/2008Por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones.
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LEY 1209 DE 2008
Congreso de la república
Ley 14/07/2008Por medio de la cual se establecen normas de seguridad en piscinas.
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Resolucion 2455 de 2008
Ministerio de la protección social
Resolución 07/07/2008Por medio de la cual se adopto el anexo técnico para el Registro Unico de Afiliados RUAF.
Modificada por la Resolución 3755 de 2008, publicada en el Diario Oficial No. 47.136 de 8 de octubre de 2008, "Por la cual se modifica la Resolución 2455 de 2008 y se dictan otras disposiciones"
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Resolución 2377 de 2008
Ministerio de la protección social
Resolución 25/06/2008Ministerio de la Protección Social, modificó la Resolución 1747 de 2008 y se dictan otras disposiciones, entre las cuales se destacan: Se mantiene el plazo del 1 de julio para la obligatoriedad en el uso de planilla por parte de los trabajadores independientes. Se amplia el plazo que le permite a aportantes exceptuados hoy de planilla integrada (Pagos de UPC adicional y correcciones de liquidaciones de aportes períodos anteriores a octubre de 2008) pagar por medios diferentes al electrónico hasta el día 1 de octubre indicando en la planilla la expresión "exceptuado PILA" Se indica como plazo para los ajustes que requiera realizarse a los sistemas de los operadores de información y de las administradoras en cuanto a la implementación de la presente Resolución, antes del 25 de agosto de 2008.
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Decreto 2060 DE 2008
Ministerio de la protección social
Decreto 11/06/2008Mediante la cual se reglamenta parcialmente el artículo 40 de la Ley 1151 de 2007, donde se contempla la afiliación única electrónica, la cual la realiza el empleador persona natural que cuenten con trabajadores cuya labor se pacte y se preste por uno o unos días y que, en todo caso, resulten inferiores a un mes., mediante el formulario único de afiliación electrónica que forma parte de la PILA, para vincular a sus trabajadores a las coberturas sociales de salud-régimen subsidiado, mediante el pago de la contribución de la solidaridad en salud, a un ahorro programado de largo plazo, a través de la aporte social complementario y al sistema general de riesgos profesionales a través del pago de al cotización al que se refiere el artículo 16 del Decreto 1295 de 1994, es decir durante la vigencia de la relación laboral, los empleadores deberán efectuar las cotizaciones obligatorias al Sistema General de Riesgos Profesionales.
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Resolución 1747 de 2008
Ministerio de la protección social
Resolución 23/05/2008Modificó la Resolución 634 de 2006 y se adoptó el diseño y contenido para el Formulario Unico o Planilla Integrada de Liquidación y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y de aportes parafiscales.
Modificada por la Resolución 2249 de 2009, publicada en el Diario Oficial No. 47.398 de 2 de julio de 2009, "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por las Resoluciones 2377 de 2008, 199, 990 y 1184 de 2009 y se dictan otras disposiciones"
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Resolución 01457 de 2008 COMITE PARITARIO DE SALUD
Ministerio de la protección social
Resolución 06/05/2008El Ministerio de la Protección Social derogó la Resolución 1157 de 2008, mediante la cual se había eliminado la obligación a cargo del empleador, de registrar el Comité Paritario de Salud Ocupacional ante el Ministerio de la Protección. Dado lo anterior, el empleador esta obligado a registrar el Comité Paritario de Salud Ocupacional o Vigía Ocupacional ante el Ministerio de la Protección Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-Ley 1295 de 1994.
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Resolucion 1476 de 2008
Ministerio de la protección social
Resolución 29/04/2008Por medio de la cual se modifica el artículo 6° de la Resolucion 2527 de 2007, modificado por el artículo 1° de las Resoluciones 3212 de 2007, 093 y 767 de 2008, en el sentido de indicar que el pago a través de la planilla integrada liquidación de los aportes patronales, rige a partir del 1° de julio de 2008.
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Resolución 1414 de 2008 PILA CONCEJALES
Ministerio de la protección social
Resolución 24/04/2008Todas las personas que, de acuerdo con la ley estén obligadas a efectuar aportes al Sistema de la Protección Social, incluidas las personas que contando con ingresos, estos no provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria, deberán hacerlo a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, bien sea en su modalidad electrónica o en la asistida; los municipios y distritos, por cuenta de sus servidores públicos, así como respecto de aquellas personas a quienes se aplique el descuento correspondiente de los honorarios percibidos, también deberán utilizar este instrumento para realizar el pago de sus aportes; esta obligación también se extiende a los concejales municipales o distritales, dado que sus ingresos no provienen de una relación laboral o legal y reglamentaria, obligados a aportar a salud y a pensiones.
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Resolución 1157 de 2008 COMITE PARITARIO DE SALUD
Ministerio de la protección social
Resolución 09/04/2008El Gobierno Nacional elimina la obligación a cargo del empleador, de registrar el Comité Paritario de Salud Ocupacional ante el Ministerio de la Protección. No obstante lo anterior, la norma dispone, que toda empresa, tanto pública como privada, deberá constituir y poner en funcionamiento el Comité Paritario de Salud Ocupacional. El cumplimiento de estas obligaciones será verificado a través del Inspector de Trabajo, cual solicitará información en su despacho o realizará visitas a las instalaciones de la respectiva empresa.
Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1457 de 2008, publicada en el Diario Oficial No. 46.981 de 6 de mayo de 2008, "Por la cual se deroga la Resolución 01157 de 2008"
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Resolucion 966 de 2008 PILA
Ministerio de la protección social
Resolución 18/03/2008El Ministerio de la Protección Social adicionó un posible valor al registro donde se reportan las novedades de los cotizantes, se trata del subtipo 6, "cotizante perteneciente a un régimen de pensiones exceptuado o a entidades autorizadas para recibir aportes exclusivamente de un grupo de sus propios trabajadores", disposición legal que modifica la Resolución 634 del 2006, la cual adoptó el diseño y contenido de la planilla integrada de liquidación y pago de aportes a la seguridad social y de parafiscales (PILA).
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NORMA DE INTERES PLANILLA INTEGRADA DE LIQUIDACIÓN
Ministerio de la protección social
Decreto 05/03/2008El Ministerio de la Protección Social, establece las fechas de obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes para pequeños aportantes e independientes, de la siguiente forma. "... Con el propósito de que el sistema de autoliquidación y pago integrado denominado Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, pueda contar con el tiempo necesario para que la liquidación asistida entre plenamente en funcionamiento, la fecha de obligatoriedad para su utilización para los aportantes y los pagadores de pensiones que cuenten con 10 o menos cotizantes, será el 2 de mayo de 2008 y para los trabajadores independientes el 1° de julio de 2008.
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Sistema General de Participaciones
Ministerio de la protección social
Resolución 05/03/2008La presente resolución será de obligatorio cumplimiento a partir del 1° de mayo de 2008, antes de dicha fecha, se podrá aplicar a aquellas entidades territoriales que voluntariamente decidan acogerse al mecanismo aquí regulado". Dado lo anterior, teniendo en cuenta que la Resolución 2527 de 2007, estableció el procedimiento para la autoliquidación y pago a través de la planilla integrada de aportes de los aportes patronales, el mismo rige a partir del 1° de mayo de 2008.
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DECRETO 600 DE 2008
Congreso de la república
Decreto 29/02/2008Por la cual reglamenta parcialmente el artículo 155 de la Ley 1151 de 2007, en materia de riesgos profesionales.