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Colmena Seguros de Vida S.A.
Legislación Aplicable
Ten en cuenta que tu contrato de seguro está regido, además de las condiciones pactadas con Colmena Seguros, por un conjunto de leyes y normas aplicables en todo el territorio Colombiano. Para todos los efectos relacionados con los contratos de seguros que adquieras con Colmena Seguros, y en relación con los aspectos legales no previstos explícitamente en el condicionado de tu póliza, se aplicarán las disposiciones del Código de Comercio y demás normas concordantes, o que lo complementen o reemplacen.Sin limitarse a ellas, ante las siguientes circunstancias, causas o hechos que se presenten antes, durante o con posterioridad a la celebración del presente contrato, serán aplicables las disposiciones normativas que se mencionan a continuación:
Circunstancia, Causa o Hecho | Disposición normativa que se aplica |
---|---|
Reticencia o Inexactitud del Asegurado | Artículo 1058 del Código de Comercio |
Inexactitud del Asegurado respecto de su edad | Artículo 1161 del Código de Comercio |
Irreductibilidad del Valor Asegurado | Artículo 1160 del Código de Comercio |
Plazo para el Pago de la Prima | Artículo 1066 del Código de Comercio |
Terminación del Contrato de Seguro por Mora en el pago de la Prima | Artículos 1068 y 1152 del Código de Comercio |
Pago Fraccionado de la Prima | Artículo 1069 del Código de Comercio |
Aviso del siniestro | Artículo 1075 del Código de Comercio |
Carga de la prueba de la ocurrencia del siniestro y/o Circunstancias excluyentes de la obligación de pago del mismo. | Artículo 1077 del Código de Comercio |
Responsabilidad del Asegurador | Artículo 1079 del Código de Comercio |
Plazo para el pago de la suma asegurada | Artículo 1080 del Código de Comercio |
Prescripción de las Acciones que se derivan del Contrato de Seguro | Artículo 1081 del Código de Comercio |
Régimen de Beneficiarios del Seguro | Artículos 1141, 1142 y 1143 del Código de Comercio |