Colmena Seguros de Vida S.A.

Legislación Aplicable

Ten en cuenta que tu contrato de seguro está regido, además de las condiciones pactadas con Colmena Seguros, por un conjunto de leyes y normas aplicables en todo el territorio Colombiano. Para todos los efectos relacionados con los contratos de seguros que adquieras con Colmena Seguros, y en relación con los aspectos legales no previstos explícitamente en el condicionado de tu póliza, se aplicarán las disposiciones del Código de Comercio y demás normas concordantes, o que lo complementen o reemplacen.Sin limitarse a ellas, ante las siguientes circunstancias, causas o hechos que se presenten antes, durante o con posterioridad a la celebración del presente contrato, serán aplicables las disposiciones normativas que se mencionan a continuación:
Circunstancia, Causa o Hecho Disposición normativa que se aplica
Reticencia o Inexactitud del Asegurado Artículo 1058 del Código de Comercio
Inexactitud del Asegurado respecto de su edad Artículo 1161 del Código de Comercio
Irreductibilidad del Valor Asegurado Artículo 1160 del Código de Comercio
Plazo para el Pago de la Prima Artículo 1066 del Código de Comercio
Terminación del Contrato de Seguro por Mora en el pago de la Prima Artículos 1068 y 1152 del Código de Comercio
Pago Fraccionado de la Prima Artículo 1069 del Código de Comercio
Aviso del siniestro Artículo 1075 del Código de Comercio
Carga de la prueba de la ocurrencia del siniestro y/o Circunstancias excluyentes de la obligación de pago del mismo. Artículo 1077 del Código de Comercio
Responsabilidad del Asegurador Artículo 1079 del Código de Comercio
Plazo para el pago de la suma asegurada Artículo 1080 del Código de Comercio
Prescripción de las Acciones que se derivan del Contrato de Seguro Artículo 1081 del Código de Comercio
Régimen de Beneficiarios del Seguro Artículos 1141, 1142 y 1143 del Código de Comercio

 

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Normas

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