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NORMA DE INTERES PLANILLA INTEGRADA DE LIQUIDACIÓN
Ministerio de la protección social
Decreto 05/03/2008El Ministerio de la Protección Social, establece las fechas de obligatoriedad del uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes para pequeños aportantes e independientes, de la siguiente forma. "... Con el propósito de que el sistema de autoliquidación y pago integrado denominado Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, pueda contar con el tiempo necesario para que la liquidación asistida entre plenamente en funcionamiento, la fecha de obligatoriedad para su utilización para los aportantes y los pagadores de pensiones que cuenten con 10 o menos cotizantes, será el 2 de mayo de 2008 y para los trabajadores independientes el 1° de julio de 2008.
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Decreto 089 de 2008
Congreso de la república
Decreto 17/01/2008Las entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera (Superfinanciera) no deberán obtener de este organismo la autorización previa de sus estados financieros, para la aprobación de las respectivas asambleas de socios o asociados y su posterior publicación. La medida no aplica para entidades intervenidas por la Superfinanciera o que tengan menos de tres años de constitución, entre otras excepciones.
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Decreto 482 de 2007
Ministerio de la protección social
Decreto 27/12/2007Por el cual se establece el incremento en la cotización para el Sistema General de Pensiones a partir del año 2008, de conformidad con las Leyes 1122 de 2007 y 797 de 2003.
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DECRETO 3758 DE 2007
Ministerio de la protección social
Decreto 28/09/2007POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO 2417 DE 2007, SE AMPLIA EL PLAZO PARA QUE LAS COOPERATIVAS ADECUEN ESTATUTOS Y REGIMEN DE TRABAJO ASOCIADO