Uso de Crisotilo y otras fibras
SEÑOR EMPRESARIO RECUERDE QUE:
Los empleadores y las ARL de conformidad con la resolución 7 de 2011, a través de la cual se adoptó el reglamentó de Higiene y Seguridad del Crisotilo y otras fibras de uso similar, deben remitir dentro del primer trimestre de cada año al Ministerio de Salud y Protección Social, la información sobre las operaciones y los lugares de trabajo en que estén presentes las fibras objeto de dicho reglamento, así como, materia prima o insumos, población de trabajadores por niveles de riesgo y datos de morbilidad asociada.
Si a la fecha no ha remitido la información, aún está a tiempo de dar cumplimiento a este requisito, para tal efecto deberá enviar la información al correo electrónico: buzoncrisotilo@colmenaseguros.com a más tardar el 28 de febrero de 2015.
Para efectos de remitir la información requerida debe diligenciar el Anexo 1 estructura información Resolución 7 2011 – Descárguelo aquí
En caso de que su empresa no presente exposición alguna a fibras de Crisotilo u otras fibras de uso similar, debe enviar comunicación al correo electrónico: buzoncrisotilo@colmenaseguros.com indicando la Razón Social de su empresa, Nit y la no exposición a estas fibras para sus trabajadores.
Cualquier inquietud al respecto, favor comunicarse con el director Integral de Servicios asignado a su empresa o nuestra Línea Efectiva
Bogotá: 401 0447
Medellín: 444 1246
Cali: 403 6400
Barranquilla: 353 7559
En el resto del país: 018000 9 19667
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