Ley 1778 contra el soborno del 2 de febrero de 2016
El presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la Ley 1778 del 2 de febrero de 2016, que tiene como objetivo combatir la corrupción transnacional. La nueva ley, impulsada por la Superintendencia de Sociedades y la Secretaría de Transparencia de la Presidencia, establece un régimen administrativo sancionatorio para las personas naturales y jurídicas que participen en la conducta de soborno transnacional y complementa el tipo penal de cohecho contenido en Código Penal. En el caso de las personas jurídicas que incurran en este delito, la Superintendencia de Sociedades podrá imponer multas hasta de 200.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando éstas, por medio de uno o varios de sus empleados o administradores, sobornen a un servidor público. Así mismo, el proyecto señala las entidades que pueden ser sancionadas, así como las multas que pueden ser impuestas, los criterios para graduarlas y el procedimiento a aplicar. La entrada en vigencia de la Ley de soborno transnacional representa un paso fundamental hacia el ingreso de Colombia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Conforme lo anterior se impone una serie de obligaciones al Estado colombiano, entre las cuales se encuentra, justamente, complementar el ordenamiento jurídico para sancionar efectivamente a las personas naturales y jurídicas que incurran en actos de soborno transnacional.
Descripción | Ley 1778 de 2 de febrero de 2016 |
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