bannernoticias (12).jpg

Legalización de Accidente de Trabajo - Resolución 156 2005


 

Recuerda que el empleador dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la ocurrencia del accidente, debe realizar la legalización de los accidentes de trabajo. 

Da clic en el siguiente link y revisa el estado de tus accidente de trabajo.
www.colmenaseguros.com/oficina-virtual/reportes/accidentalidad/Paginas/accidentes-sin-legalizar

 

Recuerda que la legalización oportuna, te evitará multas y sanciones

 

 

false

Botón primario

S

Text button

#

false

false